Corridas de toros a medio aforo no, ¿piscinas públicas sí? (España)

Las posibles normas de Sanidad en las piscinas: dos metros de distancia en el agua, prohibido saltar y chapotear; normas en las corridas de toros: nueve metros cuadrados por persona en los tendidos.

7 de mayo de 2020/Suertematador.com

El agravio comparativo es una de las ideas que siembran incertidumbre e incluso odio en la mente del ser humano, y más en tiempos de coronavirus. Corridas de toros a medio aforo no, pero ¿piscinas públicas sí?

Precisamente este miércoles se ha conocido la guía provisional elaborada por el Ministerio de Sanidad para la actividad en las piscinas de uso público tras la crisis del coronavirus. El control de temperatura para acceder al recinto es una de las principales normas del documento ‘Recomendaciones para el restablecimiento de la actividad en las piscinas de uso público tras la crisis del Covid-19’, elaborado por el Ministerio de Sanidad y que ha empezado a circular entre los gobiernos autonómicos.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha declarado que «en su momento daremos indicaciones si se pueden utilizar y en qué condiciones». Entre las medidas, sobresale la siguiente: «Se procurará mantener la distancia de seguridad tanto fuera como dentro del agua, una de las medidas más efectivas para evitar contagios de coronavirus». Se procurará.

Por su parte, las corridas de toros no se podrán dar si no hay asegurada, al menos, una distancia de nueve metros cuadrados por espectador. Comparen.

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